La participación de los padres en la legislación:
La participación de las familias en educación es un derecho recogido en las declaraciones y convenios internacionales de educación. Así mismo, la Constitución española de 1978, reconoce en su artículo 27 el derecho de los padres a intervenir en el control y gestión de los centros sostenidos por la Administración educativa con fondos públicos.
Este derecho se ejerce de forma individual en la elección del centro y de forma colectiva en la formación de asociaciones y AMPAS.
Las leyes recogen en materia de educación lo siguiente:
- LODE (1985) determina en los artículos 27 y 29 la participación de los padres en la programación general de la enseñanza, ofreciendo libertad de asociación para intervenir en el control y gestión de los centros sostenidos con fondos públicos y concertados y establece el Consejo Escolar de Centro, Consejo Escolar de Estado y aquellos determinados por el Reglamento de Régimen Interno.
- LOGSE marca su participación en la elección del director, aprobación y control del presupuesto, aprobación del reglamento de régimen interior.
- La Ley Orgánica de Participación, Evaluación y Gobierno de los Centros Docentes (LOPEG) establece: “Los poderes públicos para garantizar una enseñanza de calidad fomentará la participación de la comunidad educativa en la organización y gobierno de los Centros docentes sostenidos con fondos públicos y en la definición de su Proyecto educativo”.
- La Ley Orgánica de Calidad de la Educación (LOCE, 2002), en su artículo 77.3 establece garantizar el reconocimiento de los derechos del alumnado, profesorado, familias, personal administrativo y de servicios por el cumplimiento de los deberes correspondientes así como la participación efectiva en la comunidad educativa, su gestión y evaluación.
- La Ley Orgánica de Educación (LOE, 2006) considera labor del director el promover la colaboración con las familias, instituciones y organismos facilitando la relación centro-comunidad.
Como podemos comprobar, en materia de leyes se encargan de que se establezca una directa relación entre las familias y demás personal docente en pos de velar por los intereses del alumnado y generar una serie de derechos y deberes para el correcto funcionamiento de esta relación bilateral.

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